Micelio
Sentencia de Tutela29 de marzo de 2012

T-258 de 2012

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Alfonso Jaramillo Salazar·Demandado Instituto De Seguros Sociales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Procedencia excepcional para evitar un perjuicio irremediable
  • Improcedencia cuando no se cumple con los requisitos consagrados en la ley
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el presente caso la Sala de Revisión entró a determinar si el ISS violó los derechos fundamentales a la vida digna, a la seguridad social, al mínimo vital y al debido proceso invocados por el actor, en tanto le concedió la pensión de vejez en aplicación del régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y no le reconoció la pensión por aportes consagrada en el artículo 7º de la ley 71 de 1988, la cual solicitó por resultarle más favorable que la prestación otorgada.

Luego de analizar jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para el pago de acreencias laborales y los requisitos del régimen de transición de la Ley 100 de 1993, tomando como preceptiva aplicable el Decreto 2709 de 1994, la Sala reitera que la acción constitucional únicamente procede cuando el afectado no dispone de otro medio de defensa judicial o se encuentre frente a un perjuicio irremediable, circunstancias que no se acreditaron en el caso concreto.

Se decide confirmar los fallos de instancia que NEGARON el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia de agosto 25 de 2011, proferida por el Tribunal Superior de Bogota, Sala Penal, que confirmo la dictada en mayo 23 de 2011 por el Juzgado Trece Penal del Circuito de Bogota con Funcion de Conocimiento, que nego la tutela incoada mediante apoderado por Alfonso Jaramillo Salazar, contra el ISS.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.