Sentencia de Tutela6 de marzo de 2000
T-245 de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Alfonso Florentino Caicedo Portillo Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. No Se Presenta Temeridad Cuando Se Ejercita Nueva Accion De Tutela Porque El Demandado Volvio A Incurrir En Hechos Similares. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Segundo. de Familia (expediente T-242937), el Juzgado 2 Laboral del Circuito y la Sala Laboral del Tribunal Superior (expediente T-257329), y el 6 Civil Municipal de San Juan de Pasto (expediente T-259227), por medio de los cuales se negó la protección solicitada. En su lugar, SE CONCEDE la tutela de los derechos invocados y, en consecuencia, se ordena al Gobernador de Nariño que, dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificación de esta sentencia, cancele, con cargo al anticipo contemplado en el parágrafo 6 del artículo 2 de la Ley 549 de 1999, la deuda contraida con los actores por causa de sus derechos pensionales.
- Se previene de nuevo al demandado para que no vuelva a incurrir en conductas como las que originaron la instauración de las acciones de tutela en referencia.
- Segundo. DESE cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
T-303/04Derecho Al Minimo Vital Y La Vida. Solicitud Pago Oportuno Y Completo Mesadas Pensionales Atrasadas. Hecho Superado. Concedida.T-338/03Derechos A La Igualdad Trabajo Y Debido Proceso De Medico General. Pago De Acreencias Laborales. Prima Tecnica Y Bonificaciones. Transferencia De Bienes Y Funcionarios. Conducta Temeraria. Negada.T-950/02Derechos Al Trabajo Subsistencia Y Minimo Vital De Bibliotecologa. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Contrato Realidad. Primacia De La Realidad Sobre Las Formalidades Establecidas En Relaciones Laborales. Estado De Subordinacion. Concedida.T-990/01Derecho A La Subsistencia Y Minimo Vital. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Llamado A Prevencion. Actuacion Temeraria. Concedida.T-1170/01Derecho De Peticion. Solicitud Intereses Moratorios Por El No Pago De Honorarios. Respuesta Clara Y Oportuna. Contrato Por Servicios Profesionales. Temeridad. Uso Abusivo De La Tutela. Negada.T-710/00Derecho Al Trabajo Al Minimo Vital A La Seguridad Social Y A La Vida. Pago De Acreencias Laborales. Prestacion De Servicios Medicos. Mora En El Pago De Aportes Al Iss. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.