Micelio
Sentencia de Tutela5 de marzo de 2003

T-193 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Nohora Gutierrez Quintero Y Otros Vs. Fundacion San Juan De Dios Y Otro

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Deficit Presupuestal. Carencia Actual De Objeto. Hecho Superado. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
  • Carencia actual de objeto por pago de mesadas pensionales reclamadas
Derecho A La Pension De Jubilacion
  • Entidad responsable del reconocimiento y pago de mesadas pensionales
  • Falta de definición sobre existencia
Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
Persona De La Tercera Edad
  • Vulneración de derechos fundamentales por mora en el pago de mesadas pensionales
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias desestimatorias proferidas en segunda instancia por la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado en las tutelas T-667104, T-667109, T-667110, T-667111, T-670283, T-670298, T-670302, T-673358, T-673359, T-673383, T-675336, T-675337, T-675338, T-675339, T-675342, T-675343, T-675346, T-675347, T-675355, T-675360, T-675364, T-675366, T-675368, T-675371, T-675372, T-675373, T-375696, T-675697, T-675701, T-675702, T-675703, T-675704, T-675705, T-675714, T-675723, T-675727, T-675728 y T-691100.
  2. Segundo. CONFIRMAR las sentencias proferidas por la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado en cuanto concedieron las tutelas en los expedientes T-670285, T-670307,.
  3. Tercero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado, en los expedientes T-673383, sólo respecto de la señora Leonor Amaya Viuda de Correa y T-675355, sólo respecto de la señora Aminta Padilla de Fonseca, por las consideraciones aquí expuestas.
  4. Cuarto. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Subsección A de la Sección Segunda de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado en la tutela T-667107, pero por las razones expuestas en este fallo.
  5. Quinto. DECLARAR que hay carencia actual de objeto por existir un hecho ya superado, por lo cual esta Corte se abstiene de impartir ordenes en relación con las peticiones formuladas en las respectivas demandas, esto es, las relativas a los expedientes T-667104, T-667109, T-667110, T-667111, T-670283, T-670285, T-670298, T-670302, T-670307, T-673358, T-673359, T-673383, T-675336, T-675337, T-675338, T-675339, T-675342, T-675343, T-675346, T-675347, T-675355, T-675360, T-675364, T-675366, T-675368, T-675371, T-675372, T-675373, T-375696, T-675697, T-675701, T-675702, T-675703, T-675704, T-675705, T-675714, T-675723, T-675727, T-675728 y T-691100.
  6. Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.