Micelio

Providencias que cita

T-158/95 invoca estas providencias en su argumentación. · 4 en total.

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C-012/94Constitucionalidad1994

Ley 71/88. Art.7 Paragrafo. Acumulacion De Tiempo Para Pensiones Tanto En El Sector Publico Como En El Privado. Inexequible.

T-520/93Tutela1993

Derecho A La Salud. Derecho A La Asistencia Medica. I.S.S. Negada.

T-406/93Tutela1993

Derecho A La Seguridad Social. Servicio De Salud. Prestaciones Medico-Asistenciales Para Pensionados. I.S.S. Negada.

T-116/93Tutela1993

Derecho A La Seguridad Social. Derecho A La Salud. Caja Nacional De Prevision (Cordoba). Concedida.