Micelio
Sentencia de Tutela9 de diciembre de 2002

T-1111 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Carlos Alberto Gomez Abril Vs. Colegio Cafam De Bogota

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion De Menores De Edad. Retencion Certificados De Notas O Estudios Y Diplomas De Bachiller Por Mora En El Pago De Pensiones. Falta Presentacion Prueba De Situacion Economica. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Retención de notas y diploma de bachiller por no pago de pensiones
  • Modulación de orden de no retención de notas
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el nueve (9) de octubre de dos mil dos (2002), por el Juzgado 41 Civil del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Carlos Alberto Gomez Abril contra el Colegio Cafam de Bogota, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo.
  2. Segundo. En consecuencia, se CONCEDE la accion de tutela para la proteccion del derecho fundamental a la educacion, para lo cual se ORDENA al rector del Colegio Cafam de Bogota, o a quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) horas, siguientes a la notificacion del presente fallo, sino lo hubiere hecho, expida los certificados de notas, acta y registro de grado de las alumnas Xiomara Shirley y Evelyn Luisa Gomez Ladino, solicitados por el senor Carlos Alberto Gomez Abril.
  3. Dentro del mismo termino establecido anteriormente, el actor Gomez Abril debera firmar a favor del colegio Cafam, letras de cambio que respalden el monto de la deuda y que haga posible el recibo de los documentos pedidos.
  4. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.