Sentencia de Tutela12 de febrero de 2003
T-107 de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Eder Wilson Vargas Medina Vs. Fiscalia 187 Delegada Penal Medellin Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Mecanismos Ordinarios De Defensa En Proceso Penal. Inactividad De Abogado. Falta De Notificacion. Principio De Subsidiariedad. Naturaleza Juridica De La Tutela. Justicia Penal Militar. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Defensa
- No vulneración por inactividad del abogado
Debido Proceso Penal Y Derecho De Defensa
- Notificación con base en datos o direcciones erradas
Proceso Penal
- No se utilizaron medios ordinarios de defensa
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el 25 de junio de 2002 y por la Sala de Casacion Civil de la misma Corporacion el 12 de agosto de 2002 en el tramite de la accion de tutela instaurada por Eder Wilson Vargas Medina contra la Fiscalia 187 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Medellin, el Juzgado 12 Penal del Circuito y la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma Ciudad, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
T-003/01Derecho A La Defensa Y Debido Proceso. Solicitud Nulidad De Todo Lo Actuado. Via De Hecho En Resolucion De La Situacion Juridica. Necesidad Y Trascendecia De La Notificacion De Providencias Judiciales. Negada.T-291/93Derecho De Propiedad. Debido Proceso. Accion De Reparacion Directa. Ocupacion De Inmueble Por Causa De Trabajos Publicos. Negada.
Citada por3
SU.363/21Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Reparación Directa Por Privación Injusta De La Libertad-Interpretación Constitucional De Culpa Exclusiva De La Víctima, Como Causal Exonerativa De Responsabilidad Patrimonial Del Estado.T-276/20Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales-No Vulneración Debido Proceso Por Cuanto Accionante Incumplio Deber De Suministrar La Direccion Correcta Para Notificacion En Proceso PenalT-181/19Accion De Tutela Contra Providencia Judicial. Procedencia Por Defecto Procedimental Absoluto Por Falta De Notificacion En Proceso Penal.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.