Sentencia de Tutela6 de noviembre de 2003
T-1054 de 2003
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Orlando De Jesus Castaño Boada Vs. Cafesalud
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Menor De Edad Con Pubertad Precoz Isosexual Y Obesidad. Suministro Tratamiento Prescrito Por Medico Tratante. Exclusion Del Contrato De Medicina Prepagada. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Menor
- Suministro de medicamento en tratamiento ambulatorio
Contrato De Medicina Prepagada
- Alcance de exclusiones
- Se dio información equivocada al Juez de Tutela sobre vigencia
- Suministro de medicamento en tratamiento ambulatorio no puede considerarse excluido
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Tutelar los derechos fundamentales y prevalentes a la salud, la vida y el libre desarrollo de la personalidad de la menor María Alejandra Castaño Parra. En consecuencia, revocar las sentencias proferidas en el proceso de la referencia por el Juzgado Veinticinco Civil Municipal y el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito, ambos de la ciudad de Bogotá D.C.
- Segundo. Ordenar a CAFESALUD MEDICINA PREPAGADA S.A. que en el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, asuma, de manera integral, oportuna y completa, el tratamiento ordenado a la menor María Alejandra Castaño Parra por el médico tratante, debido a la "Pubertad Precoz Isosexual Central y Obesidad Grado I" que padece. El tratamiento deberá ser adelantado por CAFESALUD hasta su terminación, de acuerdo con la prescripción médica dada o que se dé al respecto, en consideración a la respuesta al mismo y a la optimización de la talla genética de la menor hija del accionante. El juez de primera instancia velará por el cumplimiento de la orden impartida en esta sentencia.
- Tercero. Compulsar copia del expediente a la Superintendencia Nacional de Salud, para lo de su competencia.
- Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-549/03Derechos A La Vida Salud Y Seguridad Social. Autorizacion Y Cubrimiento Procedimiento Medico De Cateterismo E Implante De Stent. Contrato De Medicina Prepagada Plan Integral. Diagnostico De Patologias Preexistentes. Requerimiento. Concedida.T-290/98Der. A La Integridad Personal. Der. A La Vida. Preexistencias. Medicina Prepagada. Salud Colmena. Concedida.SU.039/98Der. A La Salud. Der. A La Vida E Integridad Personal. Preexistencias. Salud Colmena E.P.S. Tratamiento Medico Asistenciales. Concedida.T-307/97Der. A La Vida. Medicina Prepagada. Inaplicabilidad De La Clausula Que Sustrae Del Servicio Enfermedades No Detectadas En El Contrato. Medisalud. Concedida.T-533/96Der. A La Salud. Der. A La Seguridad Social. Preexistencias. Colsanitas. Concedida.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.