Sentencia de Tutela6 de febrero de 1995
T-032 de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Cristo Alfonso Forero Barahona
✓
Tema · dato duro
Der. A La Comunicacion. Instalacion De Linea Telefonica. Telecom. Macheta. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Comunicacion
- Alcance
- Instalación de teléfono
Servicios Públicos
- Participación de la comunidad
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, por las razones que anteceden, las sentencias proferidas por los juzgados Promiscuo Municipal de Machetá y Civil de Circuito de Chocontá el 15 de julio y el 12 de agosto de 1994, respectivamente, por medio de los cuales se negó la acción de tutela solicitada por CRISTO ALFONSO FORERO BARAHONA.
- Segundo. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por5
T-311/19Derecho A La Comunicación De Las Personas Privadas De La Libertad. Marco Juridico De La Comunicación Telefónica.T-276/17Derecho A La Comunicacion De Personas Privadas De La Libertad.T-690/15Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Enfermo De Vih. Caso En Que El Accionante Fue Despedido Por Uso De Celular En El Sito De Trabajo.C-010/00Servicios Privados De Radiodifusion Educativa, Escuelas Radiofonicas O De Experimentacion Cientifica. No Podrán Originarse Propaganda Comercial Al Estar Exentas De Derecho De Funcionamiento O Recibir Subvenciones Del EstadoC-333/99Ley 182/95. Art. 29. Libertad Economica. Reserva Legal Y Competencias Regulatorias De La Comision Nacional De Television. Exequible.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.