Sentencia de Tutela15 de enero de 2004
T-009 de 2004
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Jose Miguel Ramirez Leon Vs. Estacion 1ª De Policia De Usaquen
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Solicitud Nulidad Imposicion Amonestacion En Privado Por Supuesta Agresion Verbal En Corredor Interno De Apartamentos. Propiedad Horizontal. Tutela Contra Querella Policiva. Interpretacion Normas Policivas. Conce
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia contra decisiones de querellas policivas
Inspector De Policia
- Autonomía en sus decisiones
Via Publica
- No la constituyen los corredores de apartamentos
Debido Proceso
- Vulneración por indebida interpretación de norma policiva
Proceso Policivo
- Amonestación en privado trasciende el mero llamado de atención
- Motivación en medidas correctivas
Principio De Legalidad En Actuacion Policiva
- Vulneración
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado 16 Penal de Circuito de Bogotá del 26 de septiembre de 2003, por los motivos expuestos en el presente fallo, y, en consecuencia, CONCEDER la tutela al debido proceso al señor José Miguel Ramírez León.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la Diligencia 739 del 26 de junio de 2003, acta de amonestación en privado, proferida por el Departamento de Policía de Tisquesusa, Estación 1ª Usaquén, dentro de la querella policiva interpuesta por Luz Ángela Roa Rincón.
- TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-324/02Derechos A La Igualdad Debido Proceso Y Propiedad De Personas De La Tercera Edad. Proceso Policivo Por Posesion. Via De Hecho. Valoracion De La Prueba. Trato Discriminatorio. Negada.T-149/98Debido Proceso. Der. De Posesion. Via De Hecho En Actuacion Policiva. No Se Formularon Oposiciones. Negada.T-194/96Debido Proceso. Acciones Policivas. Derecho De Posesion Sobre Inmueble. Concedida Parcialmente. Ver Auto 056/96.T-179/96Proceso Policivo. Debido Proceso. Restitucion De Inmueble. Negada.T-043/96Debido Proceso. Violacion De Derechos Fundamentales En Procesos Policivos. Posesion. Baru.ConcedidaT-576/93Debido Proceso. Lanzamiento Por Ocupacion De Hecho. Via De Hecho. Concedida.
Ver las 8 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.