Micelio

Providencias que cita

SU.273/19 invoca estas providencias en su argumentación. · 36 en total.

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T-668/00Tutela2000

Derecho A La Seguridad Social. Solicitud De Madres Comunitarias Del I.C.B.F. A Que Se Les Pague La Licencia De Maternidad. Negada.

T-1674/00Tutela2000

Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Pago Licencia De Maternidad. El Pago De La Cotizacion Es Indispensable Para Adquirir El Derecho. Concedida Parcialmente..

T-1605/00Tutela2000

Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social De Madre Comunitaria. Pago Licencia De Maternidad. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Negada.

T-1173/00Tutela2000

Derecho A La Vida A La Salud A La Proteccion De La Maternidad Y A Los Menores. Solicitud Reconocimiento Y Pago De La Licencia De Maternidad De Madre Comunitaria Con Su Respectiva Indexacion. Negada.

T-1117/00Tutela2000

Derecho Al Pago De Licencia De Maternidad. El Pago De La Cotizacion Es Indispensable Para Adquirir El Derecho A La Cancelacion De La Licencia De Maternidad Por La Eps. Negada.

T-1081/00Tutela2000

Derecho A La Seguridad Social Y A La Proteccion Del Estado A La Mujer Embarazada Y Al Recien Nacido. Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Cobro De La Licencia De Maternodad. Pago De Cotizacion Es Indispensable Para Adquirir El Derecho A Cancelacion De La Licencia De Maternidad A Las Eps. Negada.

SU.961/99Unificación1999

Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion Oportuna.Negada.

SU.224/98Unificación1998

Debido Proceso. Cierre De Hogar Comunitario Por Irregularidades Encontradas. Concedida Parcialmente.

T-269/95Tutela1995

Debido Proceso. Der. Al Trabajo. Reintegro.Madre De Hogar Comunitario Del I.C.B.F. Negada.

T-001/92Tutela1992

Objeto De La Accion De Tutela. Derecho Al Trabajo. Periodo De Contralor Departamental. Negada

C-543/92Constitucionalidad1992

Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.