C-841 de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante German Alberto Sanchez Arregoces·Demandado Ley 1617 De 2013, Articulo 29
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Exigencias materiales
- Requisitos relativos al contenido y carga argumentativa
- Inhibición para decidir por ausencia de certeza y suficiencia del cargo formulado por la presunta omisión legislativa
- Moción de observaciones de los concejos distritales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 29 de la Ley 1617 de 2013, por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales.
Aduce el actor que la norma acusada, en cuanto regula la modalidad de control político de los Concejos Distritales consistente en proponer “moción de observaciones” respecto de los actos de los funcionarios sobre quienes ejerce control, no respeta el principio constitucional del artículo 4º Superior, según el cual la norma constitucional es norma de normas.
La Corte no encuentra suficiencia en el cargo presentado por el demandante a la disposición normativa y por ello, decide declararse INHIBIDA para resolver el fondo de la petición de inconstitucionalidad, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1617/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para resolver de fondo la peticion de inconstitucionalidad del articulo 29 de la Ley 1617 del 2013, por el cargo examinado en la presente sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.