C-604 de 2019
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Francesco Guillermo Sirtori Lopez·Demandado Codigo Penal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pilar fundamental
- Exige el mismo trato para los entes y hechos que se encuentren cobijados bajo una misma hipótesis y una distinta regulación respecto de los que presentan características desiguales
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad y suficiencia en los cargos
- Test de proporcionalidad
- Criterio de comparación o tertium comparationis
- Razonabilidad y proporcionalidad
- Trato diferenciado
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto de violación
- Concepto relacional
- Análisis sustancial de la demanda
- Carga argumentativa
- Trato desigual entre iguales o igual entre desiguales en el plano fáctico y jurídico
- Proceso de formación
- Criterio para determinar si las situaciones o las personas son o no iguales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso segundo del artículo 389 del Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, y contra el inciso tercero del artículo 390 del Código Penal, modificado por el artículo 6 de la Ley 1864 de 2017, Mediante la cual se modifica la Ley 599 de 2000 y se dictan otras disposiciones para proteger los mecanismos de participación democrática.
El demandante aduce que los apartes normativos acusados son incompatibles con lo previsto en los artículos 13 y 29 de la Constitución, 1º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El actor cuestiona que la ley prevea la misma pena, en el caso de los delitos de fraude en inscripción de cédulas y de corrupción de sufragante, tanto para la persona que promueve ambas conductas (agente corruptor) como para la persona que sucumbe ante tal promoción (agente corrompido).
Estima que este trato igual es incompatible con los artículos antedichos; en tanto que la segunda persona es más débil que la otra, pues se somete a las prácticas clientelistas por su necesidad o pobreza.
La Corte encontró que la demanda incumplía los requisitos de especificidad y suficiencia en la argumentación en que se sustentó el cargo de vulneración del derecho a la igualdad y por ello decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con (i) el inciso
- segundo. del artículo 389 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 4º de la Ley 1864 de 2017 y (ii) el inciso
- tercero. del artículo 390 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 6º de la Ley 1864 de 2017, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.