C-587 de 1997
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Jaime Enrique Lozano
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Expedición antes de la Constitución de 1991
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 5/79. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Decláranse EXEQUIBLES la ley 5ª de 1979 y el decreto 100 de 1980, "Por medio del cual se expide el Código Penal", por no desconocer el artículo 150, numeral 10º de la Constitución.
- Segundo. ESTÉSE a lo resuelto en la sentencia de la Corte Suprema de Justicia del nueve (9) de abril de mil novecientos ochenta (1980), que declaró exequibles la ley 5ª de 1979 y el decreto 100 de 1980, por no contrariar el artículo 76, numeral 12, de la Constitución de 1886.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.