C-543 de 2008
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Edgar Saavedra Rojas Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de requisitos de certeza y suficiencia en los cargos
- Existencia de cargo de inconstitucionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004 articulo 242 (parcial).
Se expide el codigo de procedimiento penal.
Actuacion de agentes encubiertos.
Particulares que actuan como agentes encubiertos y que pueden realizar actos extrapenales con trascendencia juridica.<br>a juicio de los actores, los enunciados normativos demandados resultan vulneratorios de los articulos 4, 116, 228, 250 num 8, y 251 num 5 de la carta politica, asi como del articulo 17 num 1 del pacto internacional de derechos civiles y politicos, del articulo 11 num 2 de la convencion americana de derechos humanos y del articulo 33 de la ley estatutaria de administracion de justicia.<br>inexistencia de cosa juzgada constitucional respecto de la expresion "o incluso particulares" y del inciso segundo del articulo 242 del codigo de procedimiento penal.<br>cabe señalar, en principio, que los enunciados normativos acusados ya han sido cuestionados en reiteradas oportunidades ante esta corporacion, sin embargo en dichas decisiones previas no hubo un pronunciamiento de fondo en razon a que las acusaciones formuladas no estaban debidamente sustentadas en argumentos constitucionales especificos, pertinentes ni suficientes.
En esta oportunidad, los cargos consistentes en la infraccion de postulados constitucionales y diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, adolecen de defectos que impiden proferir una decision definitiva sobre la exequibilidad de la disposicion demandada.<br>inhibirse de proferir fallo de fondo respecto de las expresiones acusadas del articulo 242 de la ley 906 de 2004.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- INHIBIRSE de proferir fallo de fondo respecto de las expresiones acusadas del artículo 242 de la Ley 906 de 2004.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.