Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de mayo de 2003Sala Plena

C-405 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Orlando Muñoz Neira

Tema · dato duro
Ley 105 De 1993. Art. 21 Lit. B). Modificada Por Ley 787 De 2002. Art. 1. Redistribucion De Competencias Y Recursos Entre La Nacion Y Entidades Territoriales. Planeacion Del Sector Transporte. Recursos Para La Construccion Y Conservacion De La Infraestrur
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Subrogación de disposición acusada
Unidad Normativa
  • Improcedencia de integración por modificación
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 105/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 21Ley 105/93INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declararse inhibida para emitir pronunciamiento de fondo sobre la Constitucionalidad del literal b) del articulo 21 de la Ley 105 de 1993, modificado por el articulo 1o de la Ley 787 de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.