Micelio
Sentencia de Constitucionalidad7 de septiembre de 1995Sala Plena

C-396 de 1995

Ponente Hernando Herrera Vergara

Tema · dato duro
Convencion Sobre La Prevencion Y El Castigo De Delitos Contra Personas Internacionalmente Protegidas. Agentes Diplomaticos. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 169/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 169/94EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución Política,
  2. R E S U E L V E :
  3. PRIMERO. Declárase EXEQUIBLE la Ley No. 169 del 6 de diciembre de 1994, por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la Prevención y el Castigo de los delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos", por no ser contraria a la Constitución ni en su contenido material ni en su trámite de expedición.
  4. SEGUNDO. Declárase EXEQUIBLE la "Convención sobre la Prevención y el Castigo de los delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos", suscrita en Nueva York, el 14 de diciembre de 1973, con las reservas que formulan tanto el Gobierno Nacional como el Congreso de la República de Colombia, en los términos de que trata esta providencia.
  5. Por consiguiente, el Gobierno Nacional formulará dichas reservas al momento de efectuar el depósito del respectivo instrumento de ratificación de la Convención, de acuerdo a lo expresado en la parte motiva de la presente sentencia.
  6. TERCERO. Comuníquese al Gobierno Nacional -Presidencia de la República y Ministerio de Relaciones Exteriores- para los fines contemplados en el artículo 241 numeral 10 de la Constitución Política.
  7. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.