C-378 de 1993
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Min. Rels. Exteriores
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elaboración
- Vigencia provisional
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 39/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. DECLARAR CONSTITUCIONAL el "CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL Y EDUCATIVA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CUBA", firmado en La Habana el 7 de julio de 1978", así como la Ley 39 del 15 de enero de 1993, que lo aprueba; excepción hecha de los segmentos normativos siguientes del Convenio:
- 1. La expresión "y otros" del artículo IV; y, 2. La expresión "entrará provisionalmente en vigor el día de su firma" del artículo XVI del Convenio, que se declaran inconstitucionales.
- Segundo. Debe el señor Presidente de la República al ratificar el tratado, formular las reservas correspondientes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.