Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de agosto de 2023Sala Plena

C-301 de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Sánchez Gómez Antonio José·Demandado Ley 906 De 2004

Tema · dato duro
Peritos. Imposibilidad De Nombrar Como Peritos A Menores De 18 Años.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Perito
  • Edad mínima de 18 años para ejercer la función en el proceso penal no vulnera el principio de igualdad
  • Requisitos en el proceso penal
  • Menor de edad carece de regímenes de responsabilidad sobre el ejercicio de la función
Juicio Integrado De Igualdad
  • Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
  • Contenido
Juicio De Igualdad
  • Metodología de análisis
  • Intensidad leve
Empleo
  • Edad de admisión
Trabajo Infantil
  • Edad de admisión
Proceso Penal
  • Derechos de los menores que comparecen en calidad de testigos
Libertad De Ejercer Profesion U Oficio Y Riesgo Social
  • Establecimiento de restricciones por el legislador
Derecho A La Igualdad
  • Concepto relacional
12 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 409 numeral 1º (parcial) de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

El demandante alegó que la disposición acusada desconoce el mandato que tiene el Estado de promover las condiciones y medidas para alcanzar una igualdad real y efectiva.

Ello, con sustento en el artículo 26 de la Constitución que otorga a las personas la libertad de escoger profesión u oficio.

En su criterio. un menor de edad puede ser experto en un determinado arte, oficio o ciencia a pesar de su corta edad, como ocurre en el uso de medios tecnológicos que puedan resultar útiles en casos de delitos informáticos.

La Corte concluyó que el solo señalamiento de una edad mínima para desempeñar cierta actividad es un requisito legítimo que no implica vulneración de los derechos a la libertad de escoger profesión u oficio, al trabajo, ni al ejercicio de la función pública.

Así mismo, consideró que la medida censurada no introduce un límite excesivo, desproporcionado o irracional al ejercicio como perito.

Consideró, además, que la medida busca proteger la seguridad personal y la integridad del menor que, de otra manera, quedaría expuesto al interrogatorio cruzado, a la sensibilidad de asuntos que se tratan y al acceso al material probatorio.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión “los menores de dieciocho (18) años” demandada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 409Ley 906/04EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. ÚNICO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "los menores de dieciocho (18) años", contenida en el numeral
  2. primero. del artículo 409 de la Ley 906 de 2004 por el cargo analizado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.