Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de junio de 1995Sala Plena

C-267 de 1995

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Jose Euripides Parra Parra

Tema · dato duro
Ley 136/94. Art. 172 Inc. 1. Reeleccion De Personeros. Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 172Ley 136/94INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«En ningún caso habrá reelección de los personeros.»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional,
  2. R E S U E L V E
  3. PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "En ningun caso habra reeleccion de los personeros" del inciso
  4. primero. del articulo 172 de la Ley 136 de 1994 "por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organizacion y funcionamiento de los municipios".
  5. NOTIFIQUESE,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.