Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de octubre de 2000Sala Plena

C-1408 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Gustavo Ballen

Tema · dato duro
Decreto 1809 De 1990. Art. 1 Num. 186. Modifica El Art. 231 Del Codigo Nacional De Transito Terrestre. Alcance Y Sentido De Las Medidas Que Se Pueden Adoptar. Diferencia Entre Decomiso Y Traslado Temporal A Los Patios. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Informalidad y requisitos mínimos
  • No señalamiento de normas constitucionales infringidas
  • Números de artículos constitucionales infringidos
Espacio Publico
  • Protección
  • Uso indebido
  • Retiro de vehículos estacionados en zona prohibida
Poder De Policia
  • Límites a libertades
Zonas De Uso Publico
  • Costos de parqueaderos por retiro de vehículos
  • Retiro de vehículos
Autoridad De Transito
  • Costos de parqueadero por retiro de vehículos
Libertad De Circulacion
  • Retiro de vehículos estacionados en zona prohibida
7 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1344/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 186Decreto 1344/70EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 1809/90EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 1809/90EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Unicamente en los términos y bajo las condiciones previstas en esta providencia, declarar EXEQUIBLE el artículo 231 del Código Nacional de Tránsito, tal como fue modificado por el artículo 1, numeral 186, del Decreto 1809 de 1990.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.