C-116 de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Germanhumberto Rincon Perfetti Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se puede limitar a publicaciones científicas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el art. 57 de la Ley 23 de 1981, “Por la cual se dictan normas en materia de ética médica”.
El actor consideró que el artículo demandado limita el derecho a la libertad de expresión de los médicos para dar a conocer sus servicios, al excluirlos de la posibilidad de utilizar otros medios de “publicitación o propaganda”, distintos de los científicos.
La Corte concluyó que la medida adoptada en la regulación contenida en la norma cuestionada no es proporcional al fin que con ella se pretende y, en cambio, niega el ejercicio y la salvaguarda de derechos de rango constitucional con lo cual se afecta su núcleo esencial.
Declaró inexequible el art. 57 de la Ley 23 de 1981.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 23/81. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 57 de la Ley 23 de 1981 "por la cual se dictan normas en materia de Etica Medica".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.