Providencias que cita
C-1037/03 invoca estas providencias en su argumentación. · 8 en total.
Volver a la ficha de C-1037/03Principio De Estabilidad En El Empleo En Materia De Pension De Vejez. Facultad De Seguir Trabajando Y Cotizando Durante Cinco Años Más Para Aumentar El Monto
Capacidad De Pago De Las Entidades Territoriales Según La Constitucion.
Reconocmiento De La Pension De Jubilacion. Terminacion Del Contrato De Trabajo Por Justa Causa. Derecho Del Trabajador A Ser Previamente Consultado.
Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Dec. 2277/97. Art. 31 Parcial. Normas Sobre Docentes. Edad De Retiro Forzoso. Exequible.
Ley 50/90. Art. 17. Diferenciacion. En El Concepto Legal Del Viatico. Exequible.
Dec. 2400/68. Art. 31. Edad De Retiro Forzoso. Exequible.
Dec. 2591/91. Art. 6 Inc. 2 Num. 1. Perjuicio Irremediable. Inexequible.