C-091 de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante German Alberto Sanchez Arregoces
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ineptitud sustantiva de la demanda
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1055 de 2006 articulo 1 (parcial).
La nacion declara el 24 de mayo como dia nacional del concejal municipal y exalta la memoria de quienes han muerto en el ejercicio de dicha funcion publica.<br>en su opinion, el actor alega que la expresion atacada desconoce el derecho a la igualdad de todos los concejales del pais, pues ignora la existencia del servidor publico denominado "concejal distrital" estableciendo una diferenciacion no razonable violatoria del precepto anteriormente referenciado. <br>planteamientos de la demanda y procedencia de inhibicion en el presente caso.<br>se advierte que el actor no aporta elementos suficientes para determinar cual es la calidad juridica reconocida por el sistema normativo a los integrantes de los concejos distritales respecto de los cuales considera que se ha generado un hecho discriminatorio.
En tal contexto, los argumentos expuestos no son claros, especificos ni pertinentes, por lo cual la demanda adolece de ineptitud sustantiva.<br>inhibida para emitir pronunciamiento respecto de la demanda instaurada contra el articulo 1º (parcial) de la ley 1055 de 2006, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1055/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento respecto de la demanda instaurada por el ciudadano Germán Alberto Sánchez Arregoces contra el artículo 1º (parcial) de la ley 1055 de 2006, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.