Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-045/03 en su argumentación. · 42 en total.
Volver a la ficha de C-045/03Recurso De Suplica Contra El Auto Del 14 De Septiembre De 2006 De Rechazo De La Demanda. En Los Casos En Que Se Ataque Un Acto Que Reforma La Constitucion Politica En Razon De Su Contenido Material, El Demandante Tiene Una Carga Adicional, En El Sentido De Argumentar En Forma Clara, Precisa, Suficiente Y Pertinente Las Razones Por Las Cuales Considera Que Dicha Reforma Implica Una Eventual Sustitucion Del Ordenamiento Constitucional Vigente. En El Presente Caso No Se Cumplio Con La Carga Argumentativa Exigida.Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Recurso De Suplica Contra El Auto De Agosto 4 De 2006 Proferido Por La Magistrada Clara Ines Vargas Hernandez De Rechazo De La Demanda. Los Cargos De La Demanda No Cumplen Las Exigencias Basicas De Claridad, Certeza, Especificidad, Pertinencia Y Suficiencia. Confirma El Auto De Rechazo
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 3 De Abril De 2006 De Rechazo De La Demanda Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Código De Comercio
Delito De Utilizacion Indebida De Informacion Obtenida En El Ejercicio De Funcion Publica. Tipificación No Vulnera El Principio De Igualdad
Cedula De Extranjeria Y Certificado Judicial. Su Cobro Reúne Las Características De Una Tasa
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Codigo Penal
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Codigo Penal
Fallo Inhibitorio En Control De Constitucionalidad De Acto Legislativo De Reeleccion
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 13 De Mayo De 2005 De Rechazo De La Demanda. Revoca El Auto Del 13 De Mayo De 2005 Y Se Ordena Al Magistrado Sustanciador Que En Aplicación Del Segundo Inciso Del Articulo 6 Del Decreto 2067 De 1991 Proceda A Inadmitir La Demanda Con El Fin De Permitir Al Demandante Corregir Su Libelo En Los Terminos Del Articulo 2 Del Decreto 2067 De 1991
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 10 De Marzo De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Revoco El Numeral Segundo Del Auto, Admitio La Demanda, Ordeno La Notificación De La Decision Y La Devolución Del Expediente Al Despacho Del Magistrado Sustanciador Para Continuar El Tramite
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 2 De Marzo De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma La Decision De Rechazo De La Demanda
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 28 De Febrero De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma La Decision De Rechazo De La Demanda
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 28 De Febrero De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma La Decision De Rechazo De La Demanda
Recurso De Suplica Contra Auto De 16 De Diciembre De 2004 Dictado Por El Magistrado Dr. Humberto Antonio Sierra Porto. Revoca El Auto Del 16 De Diciembre De 2004 Y Ordena Proceder A Inadmitir La Demanda
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Decreto 1750 De 2003
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda. Ley 769 De 2002. Codigo Nacional De Transito. Negada