A- de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante William Giraldo Giraldo Vs Consejo Superior De La Judicatura Sala Administrativa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Conocimiento de personas interesadas o afectadas
- Acto de notificación
- Edad de retiro forzoso
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se declara la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el presente proceso de tutela, desde el auto admisorio de la demanda, a excepción de las pruebas allegadas y practicas.
Igualmente, se ordena a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá que, como juez de primera instancia, rehaga el proceso vinculando a la totalidad de las partes, incluidas las 42 personas que aparecen inscritas como aspirantes a desempeñar el cargo de magistrado de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, ocupado actualmente por el magistrado William Giraldo Giraldo, en calidad de terceros con interés legítimo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el presente proceso de tutela desde el auto admisorio de la demanda, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota, de fecha 22 de febrero de 2012, a excepcion de las pruebas allegadas y practicadas.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota, que, como juez de primera instancia, rehaga el proceso vinculando a la totalidad de las partes, incluidas las 42 personas que aparecen inscritas como aspirantes a desempenar el cargo de magistrado de la Seccion Cuarta del Consejo de Estado58, ocupado actualmente por el magistrado William Giraldo Giraldo, en calidad de terceros con interes legitimo, por el metodo mas expedito y eficaz, de acuerdo a los parametros trazados en esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Secretaria General que devuelva el expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota, para que cumpla lo dispuesto en el numeral anterior y adelante el proceso conforme al Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.