Micelio
Auto4 de diciembre de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante --·Demandado Chechegama Martin Y Otro

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Elemento Objetivo No Es Determinante-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De Las Victimas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes (Caquetá) y el Resguardo indígena La Cerinda del pueblo Embera Katio (Caquetá), ocasionado por una investigación penal contra unos ciudadanos, posibles miembros de comunidad indígena, por la presunta comisión de los delitos de fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, en concurso heterogéneo con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los factores jurisprudenciales para asignar la competencia.

El factor personal se satisface por la pertenencia de los procesados al Resguardo indígena La Cerinda de Belén de los Andaquíes (Caquetá).

Sobre el presupuesto territorial, no se superó porque los hechos ocurrieron en el barrio Palo Negro de la cabecera municipal, es decir, fuera de los linderos geográficos de la comunidad, sin que la Sala tuviera elementos para determinar un despliege de su cosmovisión en el municipio Belén de los Andaquíes.

Respecto del elemento objetivo, la Sala considera que no determina una solución específica, ya que los bienes jurídicamente tutelados interesan tanto a la sociedad mayoritaria como a la comunidad indígena.

Sobre el elemento institucional, aunque se demostró que la comunidad tiene interés en investigar la conducta y asumir la competencia del caso, no pudo evidenciarse cuáles son las garantías del debido proceso para los comuneros en la investigación que adelanta dentro de su comunidad y cómo se asegura que no ocurran escenarios de impunidad.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes (Caquetá) y el Resguardo Indígena La Cerinda del pueblo Embera Katio (Caquetá) en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Penal, específicamente el Juzgado Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes (Caquetá).
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5983 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes (Caquetá), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las partes, al y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a37
A. 976/24Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se SatisfacenA. 485/24Incumplimiento Del Factor Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante-Porte De Estupefacientes En Un Contexto De Macro Criminalidad-No Se Garantizan Los Derechos De La Colectividad Mayoritaria Y De Las Víctimas, Con Ocasión De Las Acciones De Una Organización Macro Criminal, Cuya Investigación Y Desarticulación Requiere Operaciones A Gran Escala Del Estado Colombiano.A. 1183/24Incumplimiento Del Factor Territorial, Objetivo E Institucional-Homicidio Agravado Y Fabricación, Tráfico O Porte Ilegal De Armas De Fuego O Municiones-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De La Victima.A. 022/24Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se SatisfacenA. 643/23Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se SatisfacenA. 2666/23Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia Se Encuentran Satisfechos
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