Micelio
Auto11 de junio de 2014

A- de 2014

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Secretaria Juzgado Diecisiete Laboral Del Circuito De Bogota·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional del artículo 309 del CPC en la actualidad artículo 285 del Código General del Proceso
Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
  • Reiteración de improcedencia
  • Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
Accion De Tutela En Materia De Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • No acceder a solicitud de aclaración de sentencia T-002/10
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la sentencia T-002/10.

La memorialista solicita que se aclare dentro del punto segundo de la sentencia de la referencia, si en todo caso debe procederse a la liquidación de la primera mesada pensional del demandante.

Para la Sala de Revisión la improcedencia de la solicitud resulta evidente, en cuanto se pretende que la Corte Constitucional se pronuncie más allá de sus funciones, lo cual está claramente vedado.

Decide NO ACCEDER a la aclaración de sentencia deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NO ACCEDER a la solicitud de aclaracion de la sentencia T-002 proferida por la Sala Sexta de Revision en enero 12 de 2010.
  2. Segundo. INFORMAR a la interesada que contra el presente auto no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.