Micelio
Auto5 de septiembre de 2024

A- de 2024

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Polania Bonilla Reinel Y Otro·Demandado Municipio De San Jose Del Fragua

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá, y el Juzgado Quinto Administrativo de la misma ciudad.

La controversia que se presenta radica en una demanda instaurada por unos ciudadanos, en contra del municipio de San José de la Fragua, con el objetivo de que se declare que entre ellos y el municipio existió una verdadera relación laboral y, como consecuencia de ello, se condene al pago de prestaciones sociales a su favor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena tiene por cierto que el municipio San José de la Fragua es una entidad pública y la presente controversia se origina en la declaración de una existencia de una relación laboral a partir de la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios entre los demandantes y el municipio.

En tal sentido, considera que el caso se ajusta a lo previsto en el Auto 492 de 2021 y resuelve en reiteración de la regla de decisión allí contenida, según la cual, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios con el Estado, de conformidad con el numeral 4 del artículo 104 del CPACA.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Florencia, Caquetá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Caquetá y el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Quinto. Administrativo de Florencia, Caquetá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por los señores Reinel Polania Bonilla y Gabriel Antonio García Ospina contra el Municipio de San José de la Fragua, en el que se pretende declarar el reconocimiento de una relación laboral a partir de la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5649 al Juzgado
  5. Quinto. Administrativo de Florencia, Caquetá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.