Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional cuando exista una razón objetiva de duda que impida el entendimiento de la providencia
- Rechazar por improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de aclaración de la Sentencia T-119/24.
Luego de analizar la argumentación de la peticionaria, la Sala estimó que su pretensión resultaba IMPROCEDENTE, toda vez que no se refirió a la necesidad de dar claridad sobre expresiones contenidas en la parte motiva de la sentencia que afectaran la coherencia de la parte resolutiva, o que pudieran generar verdadero motivo de duda en relación con las órdenes impartidas por la Corte.
Se concluyó que lo buscado por la accionante era controvertir el contenido de la precitada providencia a través de una petición de aclaración, lo cual desborda la finalidad de este tipo de peticiones.
Para la Sala resultó claro que la memorialista pretendió utilizar la aclaración como mecanismo para reiterar asuntos que fueron decididos y que, por tanto, estaban cobijados por el fenómeno de la cosa juzgada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. RECHAZAR por improcedente, de conformidad con lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia, la solicitud de aclaración de la sentencia T-119 de 2024, elevada por parte de la EPS Salud Total ante la Corte Constitucional.
- Segundo. A través de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la EPS Salud Total, quien suscribió la solicitud de aclaración de la referencia.
- Tercero. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR copia del presente auto al Juzgado
- Segundo. Penal para Adolescentes con Funciones de Control de Garantías de Cali, con el fin de que sea incorporada en el expediente de la referencia.
- Cuarto. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.