Micelio
Auto18 de mayo de 2010

A- de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Asociación De Recicladores De Bogota·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Distrito Capital Unidad Ejecutiva De Servicios Publicos
  • Suspensión inmediata de licitación pública del Relleno sanitario doña Juana
  • Adopción de medidas afirmativas antes de inferir cumplimiento de sentencia T-724/03
Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional frente al cumplimiento de sus fallos
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Juez De Tutela
  • Autorización para suspender de oficio o a petición de parte la ejecución del acto que amenace o viole un derecho fundamental
Derecho Fundamental
  • Con la adopción de medidas provisionales se busca evitar que la amenaza se convierta en violación o sea más gravosa
Pliego De Condiciones De Licitacion Publica Del Relleno Sanitario Doña Juana
  • Acciones afirmativas o medidas de discriminación positivas a favor de recicladores de Bogotá ordenadas en sentencia T-724/03
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento, de la sentencia T-724-03, con base en ello se suspenda el proceso licitatorio No 01 de 2010, mientras se emite un pronunciamiento de fondo sobre el efectivo cumplimiento de la sentencia, además solicitan se ordene a la UAESP dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 3 de la mencionada sentencia, en lo atinente a la inclusión de acciones afirmativas a favor de la población de recicladotes de Bogotá en los procesos donde se contrate el servicio público de aseo.

La Corte considera que es competente para velar por el cumplimiento de la sentencia T-724/03, pero antes de pronunciarse al respecto se hace necesario solicitar a la UAESP que adjunte soportes que acrediten la adopción de medidas afirmativas en la licitación 001 de 2010 como en las ofertas presentadas el 30 de abril de 2010 y se ordena como medida cautelar la suspensión de la referida licitación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. AVOCAR el conocimiento del cumplimiento de la sentencia T-724 de 2003.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la UAESP que suspenda inmediatamente a la comunicacion de este Auto la licitacion publica 001 de 2010 cuyo objeto es "(...) contratar mediante la modalidad de concesion la Administracion, Operacion y mantenimiento integral del Relleno sanitario dona juana de la ciudad de Bogota D.C., - Colombia, en sus componentes de disposicion final de Residuos solidos y tratamiento de lixiviados, con alternativas de aprovechamiento de los residuos que ingresen al RSDJ, provenientes del servicio ordinario de aseo".
  3. TERCERO. ORDENAR a la UAESP que en el termino perentorio de 48 horas, contadas a partir de la notificacion de este Auto, remita con destino a esta Corporacion copia certificada de los pliegos de condiciones de la licitacion publica 001 de 2010. Asi mismo, cuenta con dicho termino para que exponga las razones de hecho y de derecho sobre como fueron incluidas en el pliego de condiciones de la referida licitacion las acciones afirmativas o medidas de discriminacion positivas a favor de los recicladores de Bogota, ordenadas en la sentencia T-724 de 2003, tales como, niveles de participacion en los procesos de recoleccion y aprovechamiento de residuos solidos y formas de asociacion previstas en la licitacion, entre otros.
  4. CUARTO. ORDENAR al Juzgado 43 Penal Municipal de Bogota, que en el termino de 48 horas contadas a partir de la notificacion de este Auto, remita copia de la providencia del veintinueve (29) de abril de dos mil diez (2010), mediante la cual se abstuvo de iniciar el incidente de desacato solicitado por la peticionaria.
  5. QUINTO. SOLICITAR a la Asociacion Cooperativa de Recicladores de Bogota que amplien las razones de hecho y de derecho por las cuales consideran que en la licitacion publica 001 de 2010 no se cumple con la obligacion de incluir acciones afirmativas para los procesos de contratacion del servicio publico de aseo, ordenada en la sentencia T-724 de 2003.
  6. SEXTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, NOTIFIQUESE y ENVIESE copia del presente Auto a la UAESP y a la solicitante. Asi como las demas notificaciones de que trata el 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.