A- de 1999
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Julia Ermelinda Florez Urrutia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Provocación innecesaria puede constituir dilación injustificada
- Jueces de una misma jurisdicción y distintos distritos judiciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de resolver el conflicto de competencia suscitado entre un Juzgado Familia de Bogotá y una Sala de Familia del Tribunal Superior de Medellín, en la acción de tutela instaurada por la ciudadana de la referencia contra la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero en liquidación y el Banco Agrario de Colombia S.A., y en su lugar, enviar el expediente a la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, para que por ella se adopte la decisión que corresponda por ser su superior jerárquico común.
Se ordenó enviar copia de esta providencia a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Seccional Antioquia, para los fines señalados en la parte motiva de la providencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional, en Sala Plena
- R E S U E L V E :
- Primero. ABSTENERSE de resolver el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Doce de Familia de Santafe de Bogota y la Sala Primera de Decision de Familia del Tribunal Superior de Medellin, en la accion de tutela instaurada por la ciudadana Julia Ernelinda Florez Urrutia contra la Caja de Credito Agrario Industrial y Minero en liquidacion y el Banco Agrario de Colombia S.A., y en su lugar, enviar el expediente a la Sala de Casacion Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, para que por ella se adopte la decision que corresponda.
- Segundo. Enviese copia de esta providencia a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Seccional Antioquia, para los fines senalados en la parte motiva de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.