A- de 2000
Ponente Antonio Barrera Carbonell
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Procedencia excepcional
- Cambio de jurisprudencia debe ser expreso
- Criterio jurídico distinto a doctrina constitucional que no constituye cambio de jurisprudencia
- Improcedencia de recursos
- Declaración de extinción de servidumbre
- Especial interpretación de jurisprudencia de Sala Plena no constituye cambio
- Interpretación respecto a jurisprudencia constitucional
- Solo se predica en relación con la decisión de fondo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la nulidad de la Sentencia T-105/00 proferida por esta Corporación, toda vez que la Corte consideró que la jurisprudencia contenida en la mencionada providencia constituye una novedad, en la medida en que no se basa en ningún precedente conocido en el cual se haya analizado una situación tan particular y específica, como es la relativa a la ocupación de la propiedad para efectos de la imposición de hecho de una servidumbre para la conducción de energía eléctrica.
Por lo tanto, por sustracción de materia mal puede decirse que atente contra jurisprudencia anterior de la misma, pues ésta no existe.
Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DENEGAR LA NULIDAD de la sentencia T-105/2000 proferida por la Sala Primera de Revisión.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.