DecretoCompilado
Decreto 729 de 2017
por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015, en relación con la definición de las con¬diciones para el acceso al Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º2Artículo 23La Subsección 2 De La Sección 1 Del Capítulo 4 Del Título 1 De La Parte 1 Del Libro 2 Del Decreto 1077 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Vivienda, Ciudad Y Territorio, Quedará Así: “ Subsección 2 Beneficios Para Los Hogares Objeto Del Programa Artículo 24La Subsección 3 De La Sección 1 Del Capítulo 4 Del Título 1 De La Parte 1 Del Libro 2 Del Decreto 1077 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Vivienda, Ciudad Y Territorio, Quedará Así: “subsección 3 Condiciones De Los Beneficiarios Del Programa Artículo 25La Subsección 4 De La Sección 1 Del Capítulo 4 Del Título 1 De La Parte 1 Del Libro 2 Del Decreto 1077 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Vivienda, Ciudad Y Territorio, Quedará Así: “subsección 4 Condiciones De Las Viviendas En Desarrollo Del Programa Artículo 26Artículo 67El Artículo 28La Sección 2 Del Capítulo 4 Del Título 1 De La Parte 1 Del Libro 2 Del Decreto 1077 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Vivienda, Ciudad Y Territorio, Quedará Así: “seccion 2 Cobertura De Tasa De Interés Para Los Potenciales Deudores De Crédito O Locatarios De Leasing Habitacional Destinado A Vivienda Familiar Pertenecientes A Los Hogares Que Resulten Beneficiarios Del Programa De Promocion De Acceso A La Vivienda De Inter É S Social - Mi Casa Ya Artículo 29Régimen De Transición10Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constituciona | les y legales, en especial las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6° de la Ley 3ª de 1991, modificado por el artículo 28 de la Ley 1469 de 2011, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Elsa Margarita Noguera De La EspriellaLa Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio