DecretoDerogado
Decreto 2746 de 1942
Por el cual se reglamenta la admisión de alumnos a la Escuela de Grumetes
44artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Escuela De Grumetes De Un Instituto Naval Militar, Destinado A Preparar Profesionalmente A Los Jóvenes Colombianos Que Desees Ingresar A La Armada Nacional, Dándoles La Instrucción Necesaria Que Los Capacite Para El Desempeño De Los Deberes Como Tripulantes En Los Ramos De Cubierta Y Maquinas2El Número De Alumnos Será El Que Determine Anualmente La Dirección La Dirección General De Marina, De Acuerdo Con Las Necesidades De La Armada3Los Aspirantes Que Llenen Los Requisitos Exigidos Por Este Reglamento, Serán Incorporados Con La Denominación De Grumetes Aprendices, Y Quedarán Sujetos A Las Disposiciones Navales Y Reglamentarias De La Escuela, Tanto De Las Vigentes Como De Las Que Se Dicten En El Futuro4El Grumete, Al Ingresar A La Escuela, Contrae El Compromiso De Servir En La Armada Durante Dos (2) Años Consecutivos, Una Vez Terminado Su Entrenamiento Como Grumete Distinguido Y Recibido El Grado De Marinero Segundo O Fogonero Segundo5Los Grumetes Serán Llamados Al Servicio O Retirados Del Mismo, Por Medio De Resoluciones De La Dirección General De Marina6Los Grumetes Que Sean Retirados Del Servicio Después De Un Año, Tendrán Derecho A Que Se Les Expida La Libreta De Servicio Naval Militar7Los Grumetes Que Sean Retirados De La Escuela Por Mala Conducta, Ineptitud Para El Servicio O Falta De Espíritu Militar, No Podrán Reingresar A La Armada8Para Su Funcionamiento, La Escuela De Grumetes Se Dividirá En: A) Un Curso Para Grumetes Aprendices, Cuya Duración Será De Seis (6) Meses Y Su Objeto Es Darles Los Primeros Conocimientos Navales, Militares Y De Materias Civiles, Con El Fin De Capacitarlos Para El Curso De Distinguidos9Además De Los Cursos Anteriores , Cuando Las Circunstancias Lo Permitan, La Escuela De Grumetes Organizará Otros Para Los Suboficiales De Las Distintas Especialidades Y Su Duración Y Reglamentación Será Fijada Por El Comandante De La Base Naval A10El Comandante De La Escuela De Grumetes Someterá A La Aprobación Del Comandante De La Base Nava, Antes De La Iniciación De Los Cursos, Las Directivas De Instrucción Para El Año Escolar Correspondiente11La Escuela Inicia Sus Cursos El Primer Lunes Del Mes De Febrero Y El Primer Mes Del Mes De Agosto Y Los Termina En La Última Semana Del Mes De Julio Y La Última Semana Del Mes De Enero, Respectivamente12La Incorporación De Los Alumnos A La Escuela Se Efectuará Dos Veces Al Año: En La Última Semana Del Mes De Enero Y En La Última Semana Del Mes De Julio, A Fin De Iniciar Tareas En Las Fechas Que Determina El Artículo Anterior13Para Ingresar A La Escuela De Grumetes Es Necesario Llenar Los Siguientes Requisitos: A) Ser Colombiano De Nacimiento14Los Aspirantes Que Deseen Ingresar A La Escuela De Grumetes, Elevarán Una Solicitud A La Dirección General E Marina , En Bogotá; Al Comando De La Base Naval A15Las Documentaciones Incompletas O No, Presentadas Oportunamente, No Serán Tenidas En Cuenta16Los Certificados Que Expidan Los Médicos Militares, Destinados A La Comprobación De Aptitud Física, Serán Gratuitos17La Documentación De Los Aspirantes Que No Ingresen Puede Ser Retirada Mediante La Solicitud Del Interesado18Los Aspirantes Que Residan En Lugares Distintos A Bogotá, Cartagena Y Barranquilla, Se Someterán A Exámenes Preliminares En Las Ciudades Donde Residan Los Comandos De Brigada19Para Los Exámenes Preliminares De Admisión Se Establecerán Juntas Examinadoras, Las Cuales Estarán Integradas Por El Comandante De La Guarnición O Un Oficial De Sanidad20La Dirección General De Marina, Previo Estudio De Los Documentos Provenientes De Los Comandos De Brigada, Llamara Los Aspirantes Que Hayan Llenado Los Requisitos Reglamentarios Para Que Se Presenten A Examen Definitivo En Bogotá (Dirección General De Marina); Cartagena (Base Naval A21Las Juntas Calificadoras Para Los Exámenes Definitivos De Admisión, Estarán Compuestas Así: A) En Bogotá, Por El Oficial Jefe De La Sección De Personal De La Dirección General De Marina, Por Una Oficial Naval O Militar Y Por Un Oficial De Sanidad22Los Gastos De Traslado Serán Por Cuenta Del Aspirante, Tanto Para La Presentación De Exámenes Preliminares Como Para Los Definitivos23Al Elaborar La Lista De Los Aspirantes Aprobados En Los Exámenes Definitivos De Admisión, Se Preferirá, En Igualdad De Condiciones, A Los De Menor Edad Y A Los Hijos De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo O En Retiro24La Dirección General De Marina, Previo Estudio De Los Resultados Enviados Por Las Juntas Calificadoras, Nombrará Como Grumetes Aprendices A Los Mejor Calificados25Los Aspirantes Que Sean Nombrados Grumetes Aprendices Deben Otorgar Con Su Fiador Una Fianza Personal, En Papel Sellado, Debidamente Estampillada Y Registrada26El Fiador Debe Acreditar Ante La Dirección General De Marina O Comando De La Base Naval A27Todo Grumete, Al Ingresar A La Escuela, Debe Llevar Y Mantener Durante Su Permanencia En Ella, Las Siguientes Prendas De Uso Personal: Pantaloncillos Blancos 4 Calcetines De Hilo Azul 4 Pañuelos Blancos 12 Cepillo Para Dientes 1 Cepillo Para Calzado 1 Peinilla Para El Cabello 1 Pijamas 2 Candado 1 Máquina De Afeitar, Brocha, Crema Para La Barba, Dentífrico, Caja Con Agujas, Hilo Blanco, Azul Y Negro; Botones Surtidos, Tijeras, Etc28La Calificación De Cada Materia Será De Cero (0) A Cinco (5), Cuya Equivalencia Es: Cero (0), Pésimo29Para Aprobar Una Materia Es Requisito Indispensable Obtener Una Nota Mínima De Tres (3)30Los Exámenes Para Cada Curso Se Efectuarán En La Siguiente Forma: A) Bimensuales: En Las Fechas Que Determine La Dirección De La Escuela B) Finales: Los Finales Tendrán Lugar En La Segunda Semana Del Mes De Enero Y Segunda Del Mes De Julio31Con Las Calificaciones De Los Exámenes Bimensuales, Se Sacará El Promedio Que Sirve De Base Para Obtener Con Este Y La Calificación Del Examen Final, La Nota Definitiva32Tanto Las Calificaciones Bimensuales Como Las Finales Corresponderá A Las Asignaturas Civiles Y Profesionales, Así Como A Los Ramos Del Servicio, Conducta Y Espíritu Naval Militar33Para Los Exámenes, Tanto Bimensuales Como Finales, Los Profesores Presentarán Al Comando De La Escuela Dos Cuestionarios, A Fin De Que El Comandante Elija El Cuestionario Sobre El Cual Versará El Examen34Los Alumnos Que Sin Excusa Legal, Aceptada Por La Dirección De La Escuela, Dejen De Presentar Exámenes Bimensuales O Finales, En Las Fechas Determinadas, Serán Calificados Con Cero (0)35La Conducta Y El Espíritu Naval Militar Deberán Ser Aprobados Con Tres (3) Por Los Alumnos Del Curso De Aprendices, Y Con 3,5 Por Los Alumnos Del Curso De Distinguidos36Los Alumnos Que Al Presentar Examen Usen Medios Indebidos, Serán Calificados Con La Nota Uno (1), Y No Tendrán Derecho A Un Nuevo Examen37Los Alumnos, Tanto Del Curso De Aprendices Como De Distinguidos, Que Hayan Perdido Hasta Dos Materias, Tendrán Derecho A Examen De Habilitación En Las Fechas Que Designe El Director De La Escuela38Los Grumetes Pueden Ser Retirados Del Servicio A Solicitud Propia O Del Comando De La Escuela, En Los Siguientes Casos: A) Por Enfermedad Comprobada, Que Imposibilite Al Grumete Para Continuar Los Estudios; O Incapacidad Para Seguir La Instrucción Práctica Naval Militar39Los Grumetes Que Hayan Salido De La Escuela Por Mala Conducta O Sin Causa Que Lo Justifique; La Dirección General De Marina Les Hará Efectiva La Fianza De Que Trata Este Reglamento40Los Grumetes Que Hayan Salido De La Escuela Por Mala Conducta O Antes De Terminar El Año, No Tienen Derecho A Que Se Les Expida La Libreta Que Acredite La Prestación De Su Servicio Naval Militar41El Profesorado De La Escuela Estará Integrado Por Instructores Navales Y Profesores Civiles42Tanto Los Instructores Navales Como Los Profesores Civiles Deben Ser Seleccionados A Fin De Obtener El Mejor Resultado En La Enseñanza43Deróguese El Decreto Número 52 De 1937, Así Como Todas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto44La Imprenta Del Estado Mayor General Editará Dos Mil (2000) Ejemplares Del Presente Reglamento Con Cargo Al Presupuesto De La Armada