DecretoVigente
Decreto 1821 de 1990
por el cual se modifica el Decreto 33 de 1984, artículos 12, 13 y 25.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Nulo Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarada La Nulidad Sentencia Del Consejo De Estado Sentencia 1552 De 1992 Denegada La Suspensión Provisional Sentencia Del Consejo De Estado Auto 2085 De 1992 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 1° El Decreto 33 De 1984, Artículo 12, Quedará Así: Los Formularios Para El Juego De Apuestas Permanentes Que Sean Emitidos Por Las Entidades Concedentes Se Clasificarán De Acuerdo Con La Siguiente Tabla De Nominaciones Y Valores Máximos Apostables Por Ejemplar: Nominación Valor Máximo Apostable 12El Decreto 33 De 1984 Artículo 13, Quedará Así: Todo Formulario Traerá, Sobre El Margen Lateral Derecho De Su Anverso, La Leyenda Que Señale Al Público El Respectivo Valor Máximo Apostable, Especificado De Acuerdo Con La Tabla Clasificatoria Que Establece El Artículo 123El Decreto 33 De 1984 Artículo 25, Quedará Así: Si Una Apuesta Se Cruza Por Cuantía Más Alta Que El Valor Máximo Apostable Que Se Haya Fijado Para La Clase A Que Corresponde El Formulario Utilizado, Tal Apuesta Se Tendrá Como No Válida Y En Consecuencia No Participará En El Juego4Las Entidades Concedentes Podrán Habilitar Los Formularios En Existencia A La Fecha De Vigencia De Este Decreto, Para Utilizarlos De Conformidad Con Las Anteriores Disposiciones5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Decreto 33 De 1984 En Sus Artículos 12, 13 Y 25 Y Deroga Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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