Micelio

Artículo 1

Nulo Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarada La Nulidad Sentencia Del Consejo De Estado Sentencia 1552 De 1992 Denegada La Suspensión Provisional Sentencia Del Consejo De Estado Auto 2085 De 1992 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 1° El Decreto 33 De 1984, Artículo 12, Quedará Así: Los Formularios Para El Juego De Apuestas Permanentes Que Sean Emitidos Por Las Entidades Concedentes Se Clasificarán De Acuerdo Con La Siguiente Tabla De Nominaciones Y Valores Máximos Apostables Por Ejemplar: Nominación Valor Máximo Apostable 1

Decreto 1821 de 1990 · por el cual se modifica el Decreto 33 de 1984, artículos 12, 13 y 25.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nulo

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1° El Decreto 33 de 1984, artículo 12, quedará así:

Los formularios para el juego de apuestas permanentes que sean emitidos por las entidades concedentes se clasificarán de acuerdo con la siguiente tabla de nominaciones y valores máximos apostables por ejemplar:

Nominación

Valor máximo apostable

1.

Color amarillo

$ 100.00

2.

Color verde

$ 110.00

3.

Color rosado

$ 150.00

4.

Color azul

$ 500.00

Las apuestas entre un peso ($ 1.00) y cien pesos ($ 100.00) moneda corriente, pagarán una regalía de seis pesos ($ 6.00) por ejemplar.

Las apuestas entre ciento un pesos ($ 101.00) y ciento diez pesos ($ 110.00) moneda corriente, pagarán una regalía de seis pesos con sesenta centavos ($6.60) por ejemplar.

Las apuestas entre ciento once pesos ($ 111.00) y ciento cincuenta pesos ($ 150.00) moneda corriente, pagarán una regalía de nueve pesos ($ 9.00) por ejemplar.

Las apuestas entre ciento cincuenta y un pesos ($ 151.00) y quinientos pesos ($ 500.00) moneda corriente, pagarán una regalía de treinta pesos ($ 30.00) por ejemplar.

La regalía de estos formularios no se cargará a los apostadores y representa el impuesto o regalía correspondiente; será de cargo total y exclusivamente de los concesionarios.

Parágrafo

Las entidades concedentes podrán autorizar la utilización de uno o varios de los formularios de apuestas permanentes dentro de su respectiva jurisdicción territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1821 de 1990