DecretoVigente
Decreto 2187 de 1949
por el cual se auxilian algunas instituciones de protección infantil y materna, y se apropia una partida para la Campaña Nacional de Higiene Materno-Infantil.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
721, Del Presupuesto Nacional Vigente1Del Presente Decreto, Para La Escuela De Servicio Social De Medellín, Escuela De Enfermeras De La Cruz Roja Nacional, De Bogotá; Hospital De La Samaritana, De Bogotá; Sala De Maternidad "baudilio Acero", De Tunja, Y Gota De Leche, De Apia (Caldas), Serán Pagados A Los Síndicos O Tesoreros De Dichas Instituciones, Previos Los Requisitos Legales De Orden Administrativo Que Rigen Para Efecto Dé Recibir Auxilios Del Tesoro Nacional, Con Sujeción A Las Disposiciones De Carácter Técnico Emanadas De La División De Higiene Materno-Infantil Del Ministerio De Higiene2Artículo 2
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