Artículo primero. Destínanse las siguientes partidas para !a Campaña de Higiene Materno-Infantil, y para auxiliar en el presente año a las siguientes instituciones: Para la Escuela de Servicio Social, de Medellín $ 2.000 00 Para la Escuela de Enfermeras de la Cruz Roja Nacional, de Bogotá 4.000 00 Para el Hospital de La Samaritana, de Bogotá, para dotación de la Escuela de Enfermeras 4.000 00 Para la Sala de Maternidad "Baudilio Acero", de Tunja 1.000 00 Para educación y propaganda de la Campaña de Higiene Materno-Infantil Nacional 1.000.00 Para formularios estadísticos e historias de los servicios de Higiene Materno-Infantil que funcionan en el país 6.000 00 Para la Gota de Leche, de Apia (Caldas) 1.500 00
Estas sumas se tomarán del Capítulo 55, artículo 721, del Presupuesto Nacional vigente.