Micelio

Artículo 1

Del Presente Decreto, Para La Escuela De Servicio Social De Medellín, Escuela De Enfermeras De La Cruz Roja Nacional, De Bogotá; Hospital De La Samaritana, De Bogotá; Sala De Maternidad "baudilio Acero", De Tunja, Y Gota De Leche, De Apia (Caldas), Serán Pagados A Los Síndicos O Tesoreros De Dichas Instituciones, Previos Los Requisitos Legales De Orden Administrativo Que Rigen Para Efecto Dé Recibir Auxilios Del Tesoro Nacional, Con Sujeción A Las Disposiciones De Carácter Técnico Emanadas De La División De Higiene Materno-Infantil Del Ministerio De Higiene

Decreto 2187 de 1949 · por el cual se auxilian algunas instituciones de protección infantil y materna, y se apropia una partida para la Campaña Nacional de Higiene Materno-Infantil.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínanse las siguientes partidas para !a Campaña de Higiene Materno-Infantil, y para auxiliar en el presente año a las siguientes instituciones:

Parágrafo

Estas sumas se tomarán del Capítulo 55, artículo 721, del Presupuesto Nacional vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2187 de 1949