DecretoVigente
Decreto 3050 de 1956
Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de petróleos
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Una Vez Admitida O Escogida Una Propuesta Para Contratar La Exploración Y Explotación De Petróleo, El Ministerio De Minas Y Petróleos Ordenará: 1° La Publicación En El Diario Oficial, Publicación Que Tendrá Turno Preferencial, De Un Extracto De La Resolución Mediante La Cual Se Haya Admitido O Escogido La Propuesta, Con Indicación Del Municipio O Municipios, Linderos, Cabida Y Demás Datos Que El Gobierno Estime Convenientes Para Que Los Posibles Interesados Puedan Identificar El Terreno Materia De La Propuesta2El Que Se Considere Propietario Del Petróleo Que Pueda Existir Dentro De Los Linderos Del Terreno Objeto De La Propuesta, Deberá Demandar A La Nación En Juicio Ordinario De Una Sola Instancia Y De Mayor Cuantía Ante La Sala De Negocios Generales Y De La Corte Suprema De Justicia, Para Que Dicha Identidad Resuelva Definitivamente Si Es Del Estado O De Propiedad Privada El Petróleo Que Se Encuentre En Los Terrenos Materia De La Propuesta3A Partir De La Vigencia De Este Decreto, El Término Para Que Los Proponentes Suscriban Los Contratos De Exploración Y Explotación Del Petróleo, Será De Un Mes, Contado Desde La Notificación De La Providencia Del Ministerio En Que Se Declare Que La Propuesta Se Halla Lista Para Contratar4Todo Explotador De Petróleo De Propiedad Privada O Nacional, Está En La Obligación De Evitar El Desperdicio Del Gas Producido, Bien Aprovechándolo Industrialmente, O Confinándolo A Los Yacimientos Para Su Utilización Futura, O Como Fuente De Energía Para La Máxima Recuperación Final De Las Reservas De Petróleo5Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial, Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- José Manuel Rivas SacconiEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Carlos Giraldo MarínEl Ministro de Justicia
- Luis Morales GómezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Gabriel ParisEl Ministro de Guerra
- Eduardo Berrio GonzálesEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Carlos Arturo Torres PovedaEl Ministro del Trabajo
- Carlos Márquez VillegasEl Ministro de Salud Pública
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de fomento
- Francisco Puyana MenéndezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Josefina Valencia HubachEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita ArangoEL Ministro de Obras Públicas