º A partir de la vigencia de este Decreto, el término para que los proponentes suscriban los contratos de exploración y explotación del petróleo, será de un mes, contado desde la notificación de la providencia del Ministerio en que se declare que la propuesta se halla lista para contratar.
Decreto 3050 de 1956 →Vigente
Artículo 3
A Partir De La Vigencia De Este Decreto, El Término Para Que Los Proponentes Suscriban Los Contratos De Exploración Y Explotación Del Petróleo, Será De Un Mes, Contado Desde La Notificación De La Providencia Del Ministerio En Que Se Declare Que La Propuesta Se Halla Lista Para Contratar
Decreto 3050 de 1956 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.