DecretoVigencia En Estudio
Decreto 30 de 1958
Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones populares
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 2120De La Ley 85 De 191630Del Decreto 0400 De 1957 (Diciembre 20) Quedará Así: Dichas Comisiones Serán Integradas Con Dos Ciudadanos De Distinta Filiación Política Y De Reconocida Honorabilidad Y Competencia, Que Sean En Lo Posible, Residentes En El Municipio Donde Van A Actuar13Del Decreto 0800 De 1947, Y Suspendidas Las Demás Disposiciones Que Sean Contrarias A Este Decreto6Artículo 6
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María VillarrealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas