Artículo primero. Las disposiciones del Decreto legislativo número 0400 de 1957 (diciembre 20), y las de los que lo adicionen o modifiquen, se hacen extensivas a la próxima elección para Presidente de la República.
Decreto 30 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 30 de 1958 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones populares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.