Micelio
DecretoDerogado

Decreto 203 de 1957

Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Artículo 12Facúltase A Los Comandos De Fuerza Para Invertir El Producto De Los Recaudos De Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto En El Mejoramiento Y Edificación De Construcciones Militares, En La Adquisición De Elementos De Vestuario Y Equipo En La De Los Que Puedan Efectuarse Con La Partida De Materiales Del Presupuesto Del Ministerio De Guerra3Autorízase La Constitución De Fondos Internos En Los Cuerpos De Tropa, Bases Aéreas, Navales, Apostaderos Y Unidades Destacadas, Con Los Productos Resultantes De La Explotación De Los Predios Militares Por Concepto De Granjas Agropecuarias Y Otras Actividades Similares4Facúltase A Los Comandantes De Los Cuerpos De Tropa Y Demás Unidades Citadas En El Artículo 3º5Los Fondos A Que Se Refiere El Artículo 3º Del Presente Decreto Serán Manejados Por El Pagador De La Unidad Con La Intervención Del Auditor De La Contraloría General De La República6Prohíbese La Constitución En Las Dependencias Militares De Fondos Internos De Cualquier Clase Distintos A Los Autorizados Por Este Decreto7El Ministerio De Guerra Dictará Por Medio De Resolución La Reglamentación Administrativa Necesaria Para El Cumplimiento Del Presente Decreto8La Contraloría General De La República Reglamentará La Contabilización De Los Fondos, La Comprobación De Los Gastos Y Los Demás Aspectos Fiscales Que Se Desprenden De Este Decreto9El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Firmas