DecretoVigente
Decreto 656 de 1937
Por el cual se reforma el Decreto número 201 de enero 27 del presente año, en la parte que corresponde a las Oficinas Telegráficas de Manizales, Tunja y Florencia (Caquetá); se fusionan los servicios de Correos y Telégrafos en Cañasgordas (Antioquia), y se separan en Sogamoso (Boyacá)
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Abril Próximo Venidero, La Oficina Telegráfica De Manizales Funcionará Con El Siguiente Personal: Un Inspector De Zona $ 2002A Partir Del 1° De Abril Próximo Venidero, La Oficina Telegráfica De Tunja Funcionará Con El Siguiente Personal: Un Inspector De Zona $ 2003A Partir Del 1° De Abril Próximo Venidero, La Oficina Telegráfica De Florencia (Caquetá), Funcionará Con E1 Siguiente Personal: Un Telegrafista $ 904A Partir Del 15 De Marzo Del Presente Año, La Oficina Telegráfica De Cañasgordas (Antioquia), Desempeñará Las Funciones De Administración De Correos Con El Mismo Personal Que Hoy Tiene5A Partir Del 15 De Marzo Del Presente Año, Se Separarán Íos Servicios De Correos Y Telégrafos En Sogamoso (Boyacá), Y Las Respectivas Oficinas - Funcionarán Con El Siguiente Personal: Oficina Telegráfica
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