Micelio

Artículo 4

A Partir Del 15 De Marzo Del Presente Año, La Oficina Telegráfica De Cañasgordas (Antioquia), Desempeñará Las Funciones De Administración De Correos Con El Mismo Personal Que Hoy Tiene

Decreto 656 de 1937 · Por el cual se reforma el Decreto número 201 de enero 27 del presente año, en la parte que corresponde a las Oficinas Telegráficas de Manizales, Tunja y Florencia (Caquetá); se fusionan los servicios de Correos y Telégrafos en Cañasgordas (Antioquia), y se separan en Sogamoso (Boyacá)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 15 de marzo del presente año, la Oficina Telegráfica de Cañasgordas (Antioquia), desempeñará las funciones de Administración de Correos con el mismo personal que hoy tiene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 656 de 1937