Micelio
DecretoVigencia En Estudio

Decreto 92 de 1932

Por el cual se sustituye el Decreto número 2226 de 1931, sobre nuevos impuestos y aumento de otros existentes. (reimpresión)

25artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Derogado2Derogado3Derogado4Derogado5Derogado6Derogado7Derogado8Derogado9Derogado10Derogado11Derogado12Derogado13Derogado14Derogado15Derogado Parcialmente, Solamente El Literal D)16Las Disposiciones Vigentes De Los Decretos Nos17Los Gobernadores De Los Departamentos, Los Intendentes, Comisarios Especiales, Prefectos Y Alcaldes, Prestarán A Los Empleados Encargados De La Recaudación Y Fiscalización De Los Impuestos De Que Se Trata, Todas Las Garantías Y El Apoyo Que Necesitaren En El Desempeño De Su Cargo18Reformado Por El Artículo 1 Del Decreto Número 140 De 193219Las Exenciones Establecidas En El Artículo 10 De La Ley 81 De 1931, Quedan Reducidas En La Siguiente Forma: A)20Las Tasas De Los Derechos Consulares Señaladas En El Artículo 1o21Elevase En Un Cincuenta Por Ciento (50%) La Tasa Del Impuesto De Tonelaje Que Regía Antes De Entrar En Vigencia El Decreto No22En Las Actuaciones Judiciales Los Memoriales Que Eleven Los Interesados Deben Escribirse En Hojas De Papel Sellado Distintas De Las Que Obren En Los Juicios23Este Decreto Sustituye El Decreto No24Suspéndense Los Efectos De Los Artículos 13, 15 Y 16 De La Ley 20 De 1923 Y Demás Disposiciones Legales Que Fueren Opuestas A Este Decreto; Suspéndense, En Cuanto Se Relacionan Con El Impuesto De Timbre, Los Artículos 22, 23, 24 Y 26 De La Misma Ley, Y Derógase El Decreto No25Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Se Dictarán Las Resoluciones Necesarias Para Reglamentar Y Organizar Los Impuestos De Que Trata Ese Decreto