DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1425 de 1950
Por el cual se introducen unas modificaciones a la Ley 90 del Decreto 3850 de 1949
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Decreto-Ley 3850 De 1949, Con Un Nuevo Representante De Los Obreros Y Un Nuevo Representante De Los Patronos2Artículo 29De La Ley 90 De 1946, Quedará Así: "6º Fijar Y Modificar De Conformidad Con Los Cálculos Del Departamento Matemático-Actuarial Y Mediante Aprobación Del Presidente De La República, El Monto De Cada Uno De Los Aportes O Cotizaciones Correspondientes A Cada Clase De Riesgos Asegurado; El Lapso Mínimo Durante El Cual No Podrás Ser Alterado Dicho Monto, Que No Será Inferior A Seis (6) Meses Y El Número De Cotizaciones Previas Que Den Derecho A La Respectiva Presentación En Cada Modalidad De Seguro" Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Parcialmente (Ordinal 6 ) Artículo 9 Ley 90 De 19463Artículo 34Artículo 4
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores encargado del Despacho de Gobierno · encargado
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Víctor G. RicardoEl Ministro del Trabajo
- Jorge CavelierEl Ministro de Higiene
- Cesar Tulio DelgadoEl Ministro de Comercio e Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcesEl Ministro de Educación Nacional
- General Gustavo Rojas PinillaEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Víctor Archila BriceñoEl Ministro de Obras Públicas