DecretoVigente
Decreto 473 de 1989
Por el cual se conforma la organizacion que tendra a su cargo la coordinacion, desarrollo y puesta en marcha del programa de Informatica en el Sector publico, INSEP.
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El "programa De Informática En El Sector Público, Insep", Está Conformado Por Los Proyectos Que Se Relacionan A Continuación: A) Proyecto Integral En Informática Educativa2º El Programa De Informática En El Sector Público Insep, Contará Para Su Funcionamiento Con La Siguiente Organización: A) Un Comité Coordinador B) Un Director General3El Comité Coordinador Del Programa De Informática En El Sector Público, Insep, Estará Constituido Así: A) El Jefe Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Quien Lo Presidirá4º El Comité Coordinador Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Fijar Políticas Globales Para La Ejecución Del Programa5º El Director General Del Programa Será Designado Por El Comité Coordinador Y Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Coordinar Las Actividades De Gestión, Orientadas A La Puesta En Marcha Del Programa Y Velar Porque Exista Coherencia En La Ejecución De Los Diferentes Proyectos6º La Secretaría Técnica Del Programa Estará A Cargo De La Dirección General De Procesamiento De Datos Del Dane Y Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Colaborar Con El Director General Del Programa En La Planificación Del Mismo7º Las Entidades Líderes Serán Nombradas, Para Cada Proyecto Por El Comité Coordinador Y Ejercerán Las Siguientes Funciones: A) Dirigir Y Responsabilizarse Por La Planeación, La Coordinación, La Ejecución Y El Control De Su Respectivo Proyecto8º Las Entidades Ejecutoras De Los Proyectos Serán Designadas Por Cada Entidad Líder Y Ejercerán Las Siguientes Funciones: A) Trabajar Conjuntamente Con La Entidad Líder Para Lograr La Puesta En Marcha Del Respectivo Proyecto Y Realizar Las Acciones Requeridas Para La Ejecución Del Mismo9º Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A Las Entidades Líderes Y A Las Entidades Ejecutoras, Éstas Podrán Celebrar Los Convenios Y/O Contratos Que Se Consideren Necesarios, Ya Sea Entre Ellas Mismas O Con Terceros10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 13
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las previstas en el artículo 1º del Decreto extraordinario 1050 de 1968, y
- Manuel Francisco Becerra BarneyEl Ministro de Educación Nacional
- German Montoya VelezEl Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Maria Mercedes Cuellar De MartinezLa Jefe del Departamento Nacional de planeación
- Alfonso Gonzalez CaroEl Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística