DecretoVigente
Decreto 33 de 1989
Por el cual se establece la asignación básica mensual de los empleados públicos del Instituto de Seguros Sociales y de los funcionarios de Seguridad Social cuya remuneración se fija por los mimos mecanismos previstos para los empleados públicos y se dictan otras disposiciones en materia salarial
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Establécense A Partir Del 1º De Enero De 1989, Las Siguientes Asignaciones Básicas Mensuales Para Los Empleos Públicos Del Instituto De Seguros Sociales Contemplados En El Artículo 3º Del Decreto-Ley Número 1651 De 1977, Así: Cargos Asignación Básica Director General $ 4092º Establécense A Partir Del 1º De Enero De 1989 Las Siguientes Asignaciones Básicas Mensuales Para Los Cargos De Que Trata El Artículo 2º Del Decreto-Ley Número 120 De 1988, Cuya Remuneración Se Fija Por Los Mismos Mecanismos Previstos Para Los Empleados Públicos, Así: Denominación Clase Asignación Básica Mensual Asistente De Dirección General $ 3173De La Escala De Viáticos4Del Auxilio De Alimentación5º D El Auxilio De Transporte6º Para Los Efectos De Que Trata El Artículo 3º Del Decreto-Ley Número 120 De 1988, El Jefe De Servicio De Unidad Programática Institucional Grado 40 Será Equivalente Al Jefe De Servicio De Unidad Programática Institucional7º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley Número 101 De 1988 Y El Artículo 4º Del Decreto-Ley Número 120 De 1988; Modifica En Lo Pertinente El Artículo 3º Del Decreto-Ley Número 120 De 1988 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1989, Excepto Lo Dispuesto En El Artículo 3º
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Martín Caicedo FerrerEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Joaquín Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil